Debido a la gran cantidad de consultas sobre la documentación obligatoria para circular, hay que recordar que para circular por toda la república Argentina es necesario contar con la Licencia de conducir, que debe corresponder al tipo de vehículo que maneja. DNI o cédula de identidad. Cédula verde o Cédula azul, en caso de circular en un vehículo que no sea de la propiedad del que maneja y que la cédula verde se encuentre vencida. Oblea de RTO (Revisión Técnica Obligatoria) o VTV (Verificación Técnica Vehicular). Además la Ley 24.449 establece, en el artículo 68, que todo automotor debe contar con un seguro que cubra eventuales daños, por lo menos, causados a terceros.
El no cumplimiento de cualquiera de estas obligaciones implica que el vehículo pueda ser retenido por la autoridad competente por tratarse de una falta grave, además de labrarse el acta de infracción correspondiente.
Elementos de seguridad
Para aclarar algunas dudas consultadas, cabe destacar que el vehículo deberá contar también con los elementos básicos de seguridad, que solamente son dos, por ahora, requeridos: Matafuegos, que debe tener el control de carga y debe estar al alcance del conductor, nunca en el baúl, por ejemplo. Balizas portátiles. Por lo que no hace falta ningún elemento más, como por ejemplo el chaleco refractario, que es muy recomendable, pero que no puede ser requerido por la autoridad competente.
Cabe recordar que las multas pasan a formar parte de un registro nacional, ya que está en marcha el proyecto para formalizar un registro único de antecedentes de faltas, por lo que si se hace una multa en cualquier parte del país, esta ingresará a un banco de datos, por lo que luego de infracciones de primer grado graves, se le podrá suspender la licencia e incluso se puede llegar hasta la inhabilitación del conductor.